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El acervo social de la UE

1. UNA BREVE HISTORIA DEL ACERVO SOCIAL

El Derecho primario de la UE, compuesto por el Tratado de la Unión Europea (TUE), el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea (la Carta de la UE), confiere una misión y un mandato sociales a la UE. Este mandato social es el resultado de una prolongada y gradual evolución. La política social, en un sentido amplio, se inició como medio de garantizar la integración de los mercados, y ha ido convirtiéndose en un método para aplicar medidas de carácter social. El presente documento se centra en este «acervo» en sentido jurídico.

Empezando ya con el Tratado de Roma (1957), la Comunidad Económica Europea establecía la creación de un Fondo Social Europeo (FSE) con el fin de mejorar las oportunidades de empleo de los trabajadores y de ayudar a elevar su nivel de vida (título III, capítulo II). El Tratado incluía el derecho a la libre circulación de los trabajadores y la abolición de toda discriminación por razón de la nacionalidad entre los trabajadores de los Estados miembros con respecto al empleo, la retribución y las demás condiciones de trabajo (artículo 48). Como pone de manifiesto su artículo 119, también se ocupaba de la igualdad de género por lo que respecta a la igualdad de retribución por un mismo trabajo. En el ámbito de la protección de la salud y la seguridad en el trabajo, la Comisión podía emitir dictámenes sobre problemas que se plantearan a nivel nacional e internacional (artículos 117 y 118). Por otra parte, dada la obligación que el Tratado imponía al Consejo de actuar en el ámbito de la coordinación de la seguridad social (artículo 51), desde 1958 existe una legislación derivada de la UE en este ámbito. Por último, ya en 1963 se adoptaron medidas concretas sobre la formación profesional. El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tomó en consideración las cuestiones sociales relativamente pronto, en particular en los casos que afectaban a personas físicas. El resultado fue que a estas personas, a menudo trabajadores migrantes y sus familias, se les reconoció el derecho a varios tipos de prestaciones sociales.

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